Mediación

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¿En qué te ayudamos?

La mediación es una solución alternativa para resolver conflictos de manera más sencilla, rápida y económica. Este proceso flexible y voluntario permite que las partes involucradas lleguen a un acuerdo con la ayuda de un mediador, evitando la necesidad de acudir a los tribunales.

En nuestro despacho de abogados en Barcelona (Zona Sagrada Familia), ofrecemos un servicio especializado en mediación. Nuestros profesionales guían a las partes durante todo el proceso, explicando cómo funciona, sus principios básicos y los costos involucrados.

Nuestra labor

  • Sesión Informativa sobre mediación a las partes. 
  • Proceso de mediación con un profesional experto en mediación. 
  • Reuniones individuales (caucus) y conjuntas en el proceso. 
  • Acta final con los acuerdos de mediación 
  • Protocolización notarial u homologación judicial. 

Estamos aquí para acompañarte

ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN

Civil

Facilitamos acuerdos en conflictos civiles como incumplimientos de contratos, disputas vecinales o desacuerdos entre particulares con soluciones rápidas.

Mercantil

Ayudamos a resolver conflictos empresariales y comerciales, como discrepancias entre socios, incumplimientos de contratos o disputas con proveedores.

Familia

Acompañamos a las familias en conflictos relacionados con separaciones, custodias, herencias o cuidado de familiares, buscando acuerdos que prioricen el bienestar de todos los involucrados.

Comunitario

Fomentamos el diálogo en conflictos dentro de comunidades de vecinos o asociaciones, ayudando a construir acuerdos que promuevan la convivencia y el entendimiento mutuo.

Intercultural

Facilitamos acuerdos en situaciones donde las diferencias culturales generan conflictos, promoviendo el entendimiento mutuo y la integración entre las partes.

Escolares

Apoyamos la resolución de conflictos entre estudiantes, familias y centros educativos, favoreciendo la convivencia y el bienestar en el entorno escolar.

Estudiantiles

Mediamos en conflictos entre estudiantes, como problemas de convivencia o desacuerdos en proyectos comunes, promoviendo el respeto y el trabajo en equipo. 

Preguntas frecuentes

En la actualidad, la mediación se considera un método paradigmático de la resolución de las controversias, que se localiza en ámbitos muy variados de la vida de las personas, y  constituye el primer eslabón de acceso a la vía judicial. En este sentido, la mediación se caracteriza por ser una vía ágil, flexible, menos costosa que el acceso a la vía judicial, voluntaria, extrajudicial, autocompositiva, es decir, son las propias partes las que, por ellas misas y con la ayuda de un tercero que carece de capacidad decisoria, consiguen llegar a alcanzar un acuerdo, y permite reconstruir la relación entre las partes en la mayoría de los supuestos que consiguen alcanzar un acuerdo que ponga fin a su disputa.

En términos generales, en un procedimiento judicial prima el control del proceso por el Juez, la equidad, el principio de ruptura de las relaciones, adversarial, existe una mentalidad ganar-perder, la decisión la impone el juez, proceso de mayor duración, tiene un coste económico, genera hostilidad, reitera conflictos, y mayor dificultad para cumplir lo acordado (se requiere en algunos casos tener que ejecutar las sentencias).

En contraposición, la mediación contempla una serie de beneficios, entre los que se establece que el control los ostentan las propias partes, el equilibrio, el principio de la conservación o restablecimiento del vínculo de los mediados, colaborativo, la mentalidad en de ganar-ganar, la solución del problema recae en las propias partes, es un proceso rápido, el coste económico es menor que la vía judicial, genera empatía,

previene conflictos futuros y una mayor probabilidad de cumplimiento de los acuerdos alcanzados.

Los principios rectores que rigen la mediación son: La voluntariedad, imparcialidad, neutralidad, confidencialidad, buena fe, flexibilidad, carácter personalísimo del mediador, la calidad del proceso y la independencia.

La mediación se constituye como una alternativa voluntaria de resolución de las controversias que hayan podido aparecer entre dos o más personas, de tal forma que, nadie está obligado a tener que acceder al procedimiento de mediación, de la misma forma que una vez iniciado se puede desistir del mismo o, incluso, concluirlo sin que exista acuerdo, es decir, rige el principio de voluntariedad (y libre disposición).

La mediación puede suponer un ahorro a nivel económico y de tiempo, para las partes que se sometan a esta vía, si se compara con otras opciones como podría ser el acceso a la vía judicial.

Es el primer contacto que tiene el mediador con los posibles mediados, y viceversa, de tal forma que se pueda garantizar que las personas interesadas, y con carácter previo a tomar una decisión con respecto a si van a someter la controversia a la mediación, dispongan de la información necesaria y relevante con respecto a esta nueva modalidad, para que adquieran un conocimiento suficiente para poder decidir si quieren o no acceder a ella para dirimir la desavenencia.

En este sentido, el mediador les informará si media causa que pueda afectar a su imparcialidad, de los principios rectores que rigen la mediación, de su profesión, formación y experiencia, sobre las características de la mediación, del coste, sobre la organización el procedimiento, sus consecuencias jurídicas y del plazo que existe para firmar el acta de la sesión consultiva.

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